El artículo 53 de la Constitución Política Nacional, ordenó al Congreso expedir el Estatuto del Trabajo. A la fecha, dicho Estatuto no ha sido expedido por parte del Congreso. Sin embargo, el artículo 53 instituyó un conjunto de principios mínimos fundamentales en materia del trabajo. La Corte Constitucional ha dicho que ésos principios no hacen parte aislada del Estatuto del Trabajo, sino que están ligados al mismo funcionamiento del Estado. Dice la Corte: “Es más: son principios esenciales que también se relacionan con la organización política del Estado Social de Derecho, empeñado en "combatir las penurias económicas o sociales y las desventajas de diversos sectores, grupos o personas de la población, presentándoles asistencia y protección; todo esto, a través de herramientas, dirigidas a la construcción de las condiciones indispensables "para asegurar a todos los habitantes del país una vida justa dentro de las posibilidades económicas que estén a su alcance L...